Impugnar un testamento en Gran Canaria: ¿cómo se hace? ¿Es posible?

¿Cómo se impugna un testamento en Gran Canaria? Impugnar un testamento es posible para los herederos que vean vulnerados sus derechos. En Aleix Moreno Santana, habitualmente recibimos estas cuestiones sobre cómo se hace y si es posible impugnar un testamento en Gran Canaria. Tras el fallecimiento de un familiar, los herederos pueden encontrarse sorpresas al verse desfavorecidos.

¿Cómo impugnar un testamento en Gran Canaria?

No se puede impugnar un testamento solo por creer que la distribución de los bienes del fallecido debería haberse hecho de manera diferente, o porque sus disposiciones no nos parecen adecuadas.

Para poder realizarlo, deben darse unos motivos legales, fuera de los cuales no es posible cambiar la última voluntad del fallecido.

Impugnar un testamento significa no estar de acuerdo con lo estipulado por el testador, en todo o en parte. Ahora bien, es preciso basarse en alguno de los motivos o causas previstas en la legislación en materia de herencia.

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Si concurre alguna de las causas legales, se podrá impugnar un testamento solicitando su nulidad.

Motivos esenciales para impugnar un testamento

Para ofrecer más detalles al respecto, a continuación te explicamos tres razones por las cuales es viable la impugnación de un testamento:

1. Falta de capacidad para testar

Se entiende que un testamento ha de ser nulo cuando quien lo otorga se encuentra privado de sus capacidades para tal efecto. Concretamente, la legislación contempla tres tipos de situaciones:

  • El testador es menor de 14 años o menor de edad en caso de tratarse de un testamento ológrafo.
  • El testador no se encuentra, de manera permanente o puntual, en su cabal juicio”.
  • El testamento se ha otorgado bajo las circunstancias de dolor, fraude o violencia de género.

2. Incumplimiento de formalidades

De forma general, las causas formales que pueden justificar la impugnación de un testamento se refieren al respeto a la legítima y a los herederos legitimarios. Esto es, a la cuota o parte de la herencia que, según la ley, corresponde a los herederos forzosos del fallecido.

Ambos conceptos son regulados por las leyes autonómicas y, si no se respetan, pueden dar lugar a la nulidad de un testamento.

Además, cada tipo de testamento lleva aparejadas una serie de formalidades que también es necesario cumplir. Algunos ejemplos, según cómo sea el testamento, son:

  • Abierto: es necesario que se otorgue ante notario y es este quien lo redacta.
  • Cerrado: hay que llevarlo ante notario, pero lo redacta el testador.
  • Ológrafo: para su redacción no se requiere la presencia de un notario.

3. Revocación del testamento

Salvo cuando se trata del reconocimiento de un hijo, se puede revocar cualquier disposición del testamento. Además, en nuestro ordenamiento jurídico el procedimiento para hacerlo es muy sencillo y otorga una gran libertad al testador.

Así, para revocar un testamento habrá que proceder de alguna de las siguientes maneras:

  • Otorgando otro testamento, que sustituirá de forma automática al anterior.

Igualmente, en el caso de los testamentos cerrados, se darán por revocados también si el testamento se encuentra en casa del fallecido con signos de manipulación o daños físicos. A menos que, claro está, se acredite que estos no han sido provocados por el testador, o que los causó él mismo sin estar en su sano juicio.

Procedimiento a seguir para impugnar un testamento en Gran Canaria

La impugnación de un testamento es un proceso judicial que puede empezar cualquier heredero, si consigue acreditar la existencia de cualquiera de las causas antes previstas.

Por lo tanto, para que la impugnación del testamento tenga éxito será preciso que participe en el proceso un abogado especializado en herencias y sucesiones en Gran Canaria. Además, hay que incidir que en estos procedimientos es obligatoria su participación, así como la de un procurador.

Para comenzar el proceso, se debe presentar una demanda judicial en el juzgado de primera instancia del domicilio del fallecido. La impugnación de un testamento se sustancia por los trámites de juicio ordinario, al estimarse la cuantía del mismo indeterminada. Ahora bien, los pasos a seguir son:

  1. Respuesta de los coherederos: desde la presentación de la demanda, estos tienen un máximo de 20 días para responder.
  2. Audiencia previa: tras su respuesta, el juez llama a todos los implicados para tratar de llegar a un acuerdo.
  3. Celebración del juicio: si no llega a un acuerdo, el juez convoca a todos los herederos y a los testigos que estos han propuesto, a fin de tomar una decisión en base a todos los hechos, pruebas y argumentos presentados.
  4. Resolución final: el juez dicta la sentencia, que puede determinar la validez del testamento, su invalidez parcial o su invalidez total. Si se da esta última opción y sé anulan todas las cláusulas del testamento, regirán las leyes de sucesión intestada.

¿Cuál es el plazo para impugnar un testamento en Gran Canaria?

El plazo para impugnar un testamento en Gran Canaria depende de lo que se solicite:

  • Si se solicita la nulidad parcial del testamento, el plazo es de 5 años desde el momento del fallecimiento o desde que se recibió la copia autorizada del mismo, por aplicación del artículo 1964.2.
  • Cuando se solicite la nulidad total, no habrá plazo de prescripción. Se trata de una acción no sometida a plazo de caducidad.
  • En caso de solicitar la impugnación de la desheredación injusta, el plazo es de 4 años, ya que se aplica el artículo 1301 del Código Civil. Este plazo comenzará a contar desde el momento en que se abre la sucesión y es posible conocer el testamento.

En la repartición de herencias, los desacuerdos entre herederos son muy habituales, y estos pueden evitarse acudiendo a un abogado especialista que te asesore en el procedimiento. En Aleix Moreno Santana, podemos ayudarte a impugnar un testamento en Gran Canaria. ¿A qué esperas para contactar conmigo? ¡Te ayudaré en todo lo que necesites!

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